En 2026 hay cuatro cambios que afectan de forma directa a autónomos, pymes y particulares en España: nuevos tipos reducidos en el Impuesto sobre Sociedades para pymes y micropymes, el aplazamiento de Verifactu a 2027, un refuerzo del control de Hacienda sobre los cobros por Bizum y TPV, y la continuidad del sistema de cotización de autónomos por ingresos reales. Ninguno implica un impuesto nuevo, pero sí obligaciones y plazos que conviene tener controlados desde ya.
Impuesto sobre Sociedades: nuevos tipos para pymes y micropymes
Si tu empresa es una micropyme (cifra de negocio inferior a 1 millón de euros), en la declaración que se presenta en julio de 2026 —correspondiente al ejercicio 2025— tributas al 21% sobre los primeros 50.000 euros de base imponible y al 22% sobre el resto. Antes pagabas un 23% plano sobre toda la base.
Si eres una empresa de reducida dimensión (facturación entre 1 y 10 millones de euros), el tipo baja del 25% al 24%.
Este descenso forma parte de una senda progresiva aprobada por la Ley 7/2024, que reducirá los tipos año a año hasta 2029-2030. Para el ejercicio 2026 (que se declarará en 2027), los tipos volverán a bajar, hasta el 19%/21% para micropymes y el 23% para empresas de reducida dimensión.
Cotización de autónomos: el sistema por ingresos reales continúa
El modelo de cotización según ingresos netos reales, vigente desde 2023, sigue su calendario de implantación hasta 2032. Funciona así:
- Tus rendimientos netos mensuales (ingresos menos gastos deducibles, con una deducción adicional del 7% para autónomos personas físicas o del 3% para societarios) determinan tu tramo.
- Existen 15 tramos, cada uno con una base de cotización mínima y máxima; puedes elegir dónde situarte dentro de tu tramo, lo que afecta a tu cuota y a tus futuras prestaciones.
- Puedes cambiar de base hasta seis veces al año para ajustarte a tus ingresos reales.
Para 2026, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) sube su tipo al 0,9%, un pequeño incremento técnico que afecta a todos los tramos. Las cuotas exactas por tramo para 2026 dependen de la orden de cotización definitiva; si tu actividad está cerca de cambiar de tramo, conviene revisarlo trimestralmente para evitar regularizaciones sorpresa a final de año.
La tarifa plana de 80 €/mes para nuevos autónomos se mantiene durante el primer año, ampliable a 24 meses en determinados casos.
Verifactu: aplazado a 2027, pero conviene prepararse ya
Aquí hay un cambio importante que muchas fuentes aún no reflejan correctamente: el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, aplazó por segunda vez la entrada en vigor de Verifactu. Las fechas obligatorias actuales son:
- 1 de enero de 2027, para empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027, para autónomos y profesionales.
El aplazamiento es automático, no hay que solicitarlo. No confundas Verifactu con la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece, que tiene un calendario distinto. Aunque el plazo se ha movido, si facturas con software (ordenador, tablet o TPV), tu programa deberá cumplir los requisitos técnicos de integridad y trazabilidad cuando llegue la fecha, así que no es mal momento para revisar si tu sistema actual está preparado.
Control de Bizum y pagos digitales: qué se declara realmente
Desde el 1 de enero de 2026, los bancos deben informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre los cobros que reciban empresarios y profesionales por Bizum, TPV y sistemas de pago electrónico, sin umbral mínimo (antes solo se informaba a partir de 3.000 €/año).
Puntos clave:
- No cambia la obligación fiscal en sí: sigues declarando tus ingresos de actividad económica igual que siempre, sea cual sea el medio de cobro.
- Los Bizum entre particulares (repartir una cena, un viaje, un regalo) siguen sin obligación de declararse.
- La diferencia real es que Hacienda ahora cruza automáticamente el volumen mensual informado por el banco con lo declarado en IVA e IRPF, así que cualquier descuadre será mucho más fácil de detectar.
Si usas Bizum tanto para cobros profesionales como personales, es buen momento para separar cuentas y evitar confusiones en una posible revisión.
Calendario fiscal del tercer trimestre 2026
| Modelo | Qué declara | Plazo |
|---|---|---|
| 130 / 131 | Pago fraccionado IRPF (autónomos) | 1–20 octubre |
| 303 | IVA trimestral | 1–20 octubre |
| 202 | Pago fraccionado Impuesto sobre Sociedades | 1–20 octubre |
| 200 | Impuesto sobre Sociedades (ejercicio 2025) | 1–27 julio |
Errores frecuentes
- Confundir el aplazamiento de Verifactu con que "ya no hay que hacer nada": los requisitos técnicos siguen vigentes, solo cambia la fecha límite.
- No ajustar la base de cotización cuando cambian los ingresos, lo que genera regularizaciones con Seguridad Social a final de año.
- Mezclar Bizum personal y profesional en la misma cuenta, dificultando la justificación de ingresos ante Hacienda.
- Aplicar el tipo reducido de Sociedades sin comprobar cada año si la empresa sigue cumpliendo los requisitos de micropyme o ERD, ya que no es una condición permanente.
¿Hablamos de cómo te afecta a ti?
Una primera consulta, sin compromiso, para revisar tu tramo de cotización, tu tipo de Sociedades o tu situación con Verifactu.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar cada Bizum que recibo como autónomo?
No de forma individual. Tu banco informa a Hacienda de un resumen mensual de tus cobros profesionales, pero tú sigues declarando tus ingresos en el IRPF o IVA como siempre.
¿Verifactu es obligatorio en 2026?
No. Se aplazó al 1 de enero de 2027 para empresas y al 1 de julio de 2027 para autónomos, según el Real Decreto-ley 15/2025.
¿Qué tipo de Impuesto de Sociedades pago si mi empresa factura 800.000 €?
Si es tu situación en el ejercicio 2025, tributas al 21% por los primeros 50.000 € de base imponible y al 22% por el resto, al ser considerada micropyme.
¿Puedo cambiar mi tramo de cotización como autónomo durante el año?
Sí, puedes solicitar el cambio de base de cotización hasta seis veces al año para ajustarte a tus ingresos reales previstos.
¿Sigue vigente la tarifa plana de 80 € para nuevos autónomos?
Sí, se mantiene durante los primeros 12 meses de actividad, ampliable a 24 meses si se cumplen ciertos requisitos.
Conclusión
Ninguno de estos cambios exige actuar de urgencia, pero sí revisar tu situación concreta: si tu empresa está cerca de superar el millón de facturación, si tu tramo de cotización ya no refleja tus ingresos reales, o si tu software de facturación necesitará adaptarse a Verifactu antes de 2027.
Si necesitas ayuda para revisar cómo te afectan estos cambios o quieres comprobar tu tramo de cotización o el tipo aplicable a tu empresa, una asesoría puede encargarse de la gestión y confirmar que todo esté correctamente ajustado a tu caso.